Montaña General
Buenas tardes.
Siguiendo el post iniciado por Gustavgrau,he leido en uno de ellos sobre una excursión en la cual los guias eran peores que los propios excursionistas.
Hablando hace poco con un amigo sobre si existe alguna rama en Derecho que se dedique más concretamente a la montaña,montañeros,etc.,me comentó que en los años 20 del siglo pasado se produjo un accidente en la zona del Mont Blanc,muriendo varias personas.El que ejercía de guía(no era profesional,sino un montañero de dicho grupo) se dedicó a organizar la salida,a estudiar y diseñar la ruta a seguir y todo el mundo seguía sus órdenes y consejos mientras ascendían.Resultó que ocurrió una desgracia(mi amigo no recordaba si cayeron a una grieta o se precipitaron al vacío) y murieron algunos de los del grupo;tras regresar a Chamonix los supervivientes, uno de ellos denunció al que hacía de guia por haber llevado al grupo al desastre,y este señor fue juzgado y condenado a cárcel.
Parece ser que este es el primer precedente que existe de juicios sobre responsabilidad en la montaña.Posteriormente se crearon distintas leyes,actualmente en vigor,que pretendieron llenar el vacío que existía hasta entonces sobre estos temas.
Con esto que escribo más arriba pretendo decir,al que no lo supiera,que si alguna persona se hace cargo de un grupo,es decir,decide una ruta,organiza la salida y se encarga de intentar guiar a sus acompañantes hasta una cima o hasta un determinado lugar,aquella puede ser juzgada por responsabilidades penales,aunque no ejerza como guia profesional.
¡Ojo!,mi pretensión,para los mal pensados,no es que este post se enlace con el de Gustavgrau,sino que el que no lo sepa esté informado de este tema.
Buen fin de semana a todos/as.
14 Respuestas
Última respuesta Tuesday 22 may 2007 - 14:33
como cada dia va a ir mas gente a la montaña, menos responsable de sus propios actos, desgraciadamente algun dia empezaran estas cosas.
grandes problemas tiene los centros excursionistas debido a la responsabilidad Civil.
te vas a la montaña con unos amigos,uno de los cuales sabe mas que el resto, y monta una salida, por ejemplo al tuc de mulleres, y la cosas se enmierda y se mueren un par. antes la cosa acababa aqui. ahora seguro que un buen abogado te puede desgraciar.
R E S P O N S A B I L I D A D PERSONAL por favor. Hay que ser consciente de los riesgos que se incurren en los actos que hacemos. Igual que el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento, el desconocimiento de los riesgos que se corren al ir al monte, no pueden ser trasladados a otros. En otras palabras, si te metes en un marron por inexperiencia o ignorancia, debes pagar, pero nunca echarle la culpa al que te ha dicho "es facil" o "vente conmigo que yo te llevo".
Si te pierdes buscando rovellones, llama al 112 y pagate el rescate. si buscando rovellones te caes en un barranco y te partes una pata, pues ya es otra cosa.
Otro tema son los profesionales. Pero esos ya tienen sus polizas de RC y tal.
No deja de ser paradójico este tema. Te dicen que no debes ir solo al monte pero si vas con alguien con menos experiencia que tú (o al revés) y pasa algo luego puedes buscarle los cinco pies al gato. Aquí también entrarían el tema de las Kdd´s. Esto es algo que hemos discutido mucho en otro foro y la verdad es que pone los pelos de punta.
Es como aquel dicho que oí una vez: o te mueres o te entierro.
Que pena que haya gente que pueda tener el valor de denunciar a otra responsabilizándole de una tragedia, como si ésta no tuviera ya bastante con lo sucedido. Ver para creer!!
Este es un tema con el que podríamos llenar páginas y páginas al respecto.
![]()
Bueno, el asunto es complicado porque en este ámbito de la montaña, influyen muchos factores. Yo creo que en algunos de los supuestos que decís, no habría responsabilidad, ni penal ni civil, vamos en la mayoría, creo yo.
Basicamente porque el que va a una excursión, lo hace normalmente sin que le pongan una pistola en la cabeza, aceptando por tanto (si es mayor de edad) los posibles riesgos que puedan suceder durante la misma, pues el ambiente de montaña siempre implica un cierto riesgo. Pero no hay legislación especial, sino que en cualquier caso, debe ir por la vía civil (indemnización de daños y perjuicios por responsabilidad extracontractual).
Si habláramos de profesionales (guías) la cosa podría cambiar, ya que a un profesional le es exigible, por su condición de profesional, un grado de conocimientos superior al de la resta de mortales, por lo que las imprudencias del guía sí pueden dar lugar a responsabilidades, en principio civiles; ahora bien pero si el grado de imprudencia es tal, que supera lo razonablemente aceptable, podría dar lugar a responsabilidades penales por dolo eventual (no quiero las consecuencias pero las acepto). Esto, en el ámbito médico, por ejemplo se llama lex artis y implica la observación de una serie de pautas en la conducta del profesional que en caso de transgredirse, darian lugar a lo que en derecho se denomina imprudencia.
Claro, todo lo que digo cambia completamente si el accidente se debe a un caso fortuito (desprendimientos, avalanchas, ect), pues en estos casos solo cabria la exigencia de responsabilidades si hubiera, digámoslo así, riesgo 4 o 5 de aludes, un tiempo de perros, condiciones muy desfavorables.. y aun así el guía te lleva al monte y te sepulta un alud.
Es un poco complicado, y como siempre hay que mirar caso por caso, porque cada uno de ellos es diferente.
El único caso de responsabilidad penal que yo conozco, fue hace una par de años que a dos surferos (en Francia) haciendo un fuera pista, provocaron un mega alud i sepulto a dos esquiadoras que iban correctamente por las pistas. Les condenaron por homicidio imprudente y chuparon prisión.
Salut i perdón por la chapa
MUY INTERESANTE EL TEMA
DEBERIA DE EXISTIR UNA LEY QUE DEJARA BIEN CLARO QUE EN LA MONTAÑA SOLO EXISTE LA LEY DE LA MONTAÑA, Y QUE CADA UNO ES RESPONSABLE DE SUS ACTOS . ASI DEBERIAN DE EMPEZAR TODOS LOS CURSOS DE INICIACION DEL ALPINISMO Y MONTAÑISMO EN GENERAL.
Y LAS SEÑALIZACIONES PARA RUTAS DE SENDERISMO IGUAL.
LA SOLIDARIDAD MONTAÑERA ES ALGO INERENTE A NUESTRO DEPORTE. SI NO ERES SOLIDARIO DEDICATE A OTRA COSA PORQUE TARDE O TEMPRANO TU TAMBIEN NECESITARAS AYUDA..
SALUDOS
Hola.
Aquí un correcaminos-picapleitos. El tema no es sencillo, Rapaz lo ha explicado muy bien (por su explicación deduzco que es colega). Pero sin entrar en tecnicismos yo sólo os diría un par de cosas.
Primero que estéis tranquilos. No meten a nadie en la cárcel por un accidente. La responsabilidad que tenemos en la montaña es la misma más o menos que en cualquier otro ámbito. Cada uno es responsable de sus actos, respecto a sí mismo y respecto a las consecuencias hacia los demás. Si actúas responsablemente es difícil que tengas problemas. Si actúas imprudenmente los puedes tener.
Lo segundo es que hay que tener en cuenta que en la montaña los riesgos inherentes a la actividad son mayores que en otros ámbitos. Por eso debemos ser más cuidadosos.
Al final, el derecho es una cuestión de sentido común. Una acción que cualquier montañero con conocimientos medios considere imprudente seguramente un juez también lo considerará.
Finalmente a los que os interese el tema os recomiendo el libro de Pérez de Tudela. Es cortito y ameno y os dará una idea general del tema.
![]()
Buenos dias,
No existe una legislación especifica para la montaña, como en el resto de facetas se le aplica el derecho común.
Hay que distinguir entre responsabilidad penal, la que te puede llevar a la carcel, y responsabilidad civil, la que solo te cuesta dinero. Recogidas respectivamente en el Codigo Penal y en el Codigo Civil.
Para que te puedan exigir responsabilidad penal tiene que existir hechos constitutivos de delito o falta, en el caso de un accidente que exista imprudencia con resultado de lesiones o muerte. Es francamente dificil que esto ocurra en un accidente en montaña, pero es posible. En todo caso sería la Guardía Civil, tras investigar los hechos, los que decidan si puede haber delito y es el juez el que finalmente decide si procede iniciar una causa penal.
La Responsabilidad Civil es la que deriva en la conocida "indemnización por daños y perjuicios", solo se puede pedir a instancia de parte, es decir que te tiene que demandar el perjudicado o sus herederos en caso de muerte. Y es el juez el que decide si procede indemnizar y la cuantía. En España no hay demasiada costumbre de exigir responsabilidad civil en casos de accidente, pero es algo a lo que está expuesto cualquiera que salga a la montaña con personas que tienen manifiestamente menos experiencia que el, ya que el mas experimentado es el "garante" de los demas.
Por ello los profesionales de la montaña y las empresas de aventura tienen la obligación de suscribir un seguro de Responsabilidad Civil.
El libro de Cesar Perez de Tudela explica todo esto con un poco mas de detalle, no es muy extenso ni muy profundo pero es lo unico que hay sobre Derecho y Montaña.
Espero haber aclarado alguna duda. Saludos.
Sobre responsabilidad civil en el deporte y en general, están muy bien estos dos artículos sobre el tema:
http://www.indret.com/pdf/116_es.pdf
http://www.indret.com/code/getPdf.php?id=803&pdf=297_es.pdf
Eso si, son algo largos, pero para los que les interese profundizar en el tema, están bien.
La conclusión es que mejor que no te pongan una demanda, porque no se sabe que puede ocurrir. ![]()
Dado que el tema me interesa, por aquello del "por si acaso...." y como me gusta informarme de todo lo que acontece en la práctica que realizo, opino y despues de leer todas las opiniones hasta el momento, coincido con Mac1, en lo que "cada uno es responsable de sus actos " y que las empresas o clubes que imparten cursos, dejen bien claro esta frase...", aunque claro está, toda docencia en la enseñanza de actividad deportiva, tiene que llevar seguro de Responsabilidad civil.
Y luego que la solidaridad en la montaña, es verdad, que está en el ser humano, básicamente.
( en una ocasion fuí testigo de como tres chavales "pasaron seis pueblos" de ayudar e incluso "asomarse" siquiera, a ver a un compañero que resbaló por una ladera helada, en la zona del Aspe". Y que gracias al cordino que llevábamos el resto, lo pudimos izar, y ver que solo se hizo un esguince...... pues éso que algun dia a ellos les puede pasar parecido.
En cuanto a lo que la ley dice, el comentario de Chemi me deja mas tranquila, ( a veces las familias de...."conocidos" pueden amargarte el mes....y sin motivo ). Y a tí Lupus, gracias por el enlace del librillo, ( desconocido por mi hasta ahora ), y a tí Fern, gracias tambien, que me guardo los enlaces......el saber" nunca está de mas.
Un saludo a todos![]()
El caso que comenta annelister en el Aspe es un claro ejemplo de posible responsabilidad penal. En el codigo Penal esta tipificado el "delito de omisión de socorro", si a esa persona le hubiera pasado algo mas grave y nadie le hubiera ayudado sus compañeros tendrían todas las papeletas para acabar delante de un juez.
Respecto al seguro de responsabilidad civil, es una exigencia legal, todo aquel que se dedique a la docencia en montaña o lleve clientes a la misma debe tenerlo.
Cada uno es responsable de sus actos, eso está claro. Por eso mismo si tus actos conllevan imprudencia o neglicencia y esta deriva en daños a terceros es logico que te exijan responsabilidad.
Si quieres abrir una conversación nueva entra aqui
volver al indice del foro.