Montaña General
Estoy buscando una furgo para moverme por el monte y depaso tener un medio para hacer alguna chapucilla y poder ganarme un dinero extra. Un técnico que lleva toda su vida currando con los coches me recomendó la Fiat Dobló por sus buenas cualidades: no da problemas y muy económica, eso si, poco estética (cuestion de gustos) a mi personalmente me gusta la Wolksvagen Caddy y la Citroen Berlingo XTR 110.
Aprovecho para pedirles ayuda con sus consejos en los casos ya experimentados en este asunto y para los que estan en mi situación les recomiendo leer en este foro francés (activar traductor) que habla de defectos de origen de esta nueva Citroen Berlingo XTR.
http://www.forum-auto.com/marques/citroen/sujet10832-105.htm
Saludos y gracias
4 Respuestas
Última respuesta Sunday 6 june 2010 - 21:40
Ojo con la Berlingo. Con el nuevo modelo no lo sé pero con el anterior no lo podías matricular como turismo, por lo que estaba registrado como vehículo industrial--> Eso quiere decir que la velocidad máx. permitida es de 80km/h
No es coña, el hijo de un compi de curro pringó hasta las orejas: 600 y 6 puntos por ir a 133 por autopista. Cuando con un turismo como mucho le hubieran caído 100. Él se la quitó de encima.
La caddy es bastante carilla, la estuve mirando y pica un huevo.
POrqué no valoras la opción de la Renault Kangoo? La versión tope de gama sale bastante bien de precio, tiene un buen motor 1.5 dci de 105 cv que es un mechero y la verdad es que no sale nada mal. Si tienes vehículo de plan 2000, me la ofrecían en Ros St Boi por unos 16.800 puesta en la calle.
Saludos,
Hoooola.
Yo tb tengo una Berling, el modelo que dice Igna, y no es vehículo industrial, es vehículo mixto/ mixto adaptable, y creo que la mayoría de las furgonetas lo son, ya que un amigo se acaba de comprar la Partner nueva y también es vehículo mixto.
Si no han modificado los límites de velocidad, son éstos.
Artículo 48. Velocidades máximas en vías fuera de poblado.
1. Las velocidades máximas que no deberán ser rebasadas, salvo en los supuestos previstos en el artículo 51, son las siguientes:
2. Las infracciones a las normas de este precepto tendrán la consideración de graves o muy graves, según corresponda por el exceso de velocidad, conforme se prevé en los artículos 65.4.a) y 65.5. c), ambos del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. (Apartado redactado de conformidad con el R.D. 965/06)
Siempre he tenido turismo, pero ahora que tengo furgui no la cambio por nada, a pesar de este pequeño inconveniente con la velocidad.
Yo tengo la nueva Peugeot Partner Outdoor, osea, la XTR de Citroen y está matriculada como turismo directamente, nada de mixto ni eso.
yo vendo una vw caddy del 2008 con 21500 km por 18000 euros negociables. aqui te dejo el enlace para que la veas. http://www.furgovw.org/index.php?topic=195154.0 y mi mail antonio-herrero@hotmail.es
un saludo
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